CLASIFICACIÓN
Actualmente la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual cuenta con 14 tratados relacionados a la protección de la Propiedad Industrial, 6 tratados que regulan el Registro de Propiedad Intelectual y 4 Tratados que definen las características de clasificación de la Propiedad Intelectual clasificada. Se debe recordar que la propiedad intelectual abarca tanto a la propiedad industrial como a los derechos de autor.
Los tratados de propiedad industrial definen las normas básicas convenidas internacionalmente para proteger a la propiedad intelectual en cada país y están incluidos: el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, Convenio de Berna, Convenio de Bruselas, Arreglo de Madrid, Tratado de Nairobi, Convenio de París, Tratado sobre el Derecho de Patentes, Convenio Fonogramas, Convención de Roma, Tratado de Singapur sobre Derecho de Marcas, Tratado sobre el Derecho de Marcas, Tratado de Washington, WCT y WPPT.
Los tratados de registros tienen como finalidad garantizar que los registros internacionales realmente cumplan con esa característica y que sean respetados en todos los Estados miembros. Otra de las ventajas que tienen estos tratados es que reducen los costos de registro ya que gran parte del procedimiento es llevado a cabo con ayuda de la OMPI. Los tratados existentes dentro de esta categoría son el Tratado de Budapest, el Arreglo de La Haya, el Arreglo de Lisboa, el Arreglo de Madrid y el PCT.
Por último, los tratados de clasificación establecen diferentes grupos relativos a invenciones, dibujos y modelos industriales y marcas. Estos grupos permiten una clasificación más general, que tiene una estructura que la hace manejable en todos los sentidos. Los arreglos que le dan forma a esta última característica son el Arreglo de Locarno, el Arreglo de Niza, el Arreglo de Estrasburgo y el Acuerdo de Viena.
En esta oportunidad, pude darme cuenta de que existen diferentes tipos de tratados de convenios dentro de estos están el de autoría y el industrial entiendo que dentro de autoría, se puede hacer mención de las canciones sin importar su genero, las obras literarias, obras artísticas entre otras, dentro de las industriales, el nombre de una empresa, la marca de un determinado producto, para culminar termino comentando que desde mi punto de vista es invaluable el trabajo realizado por esta organización (OMPI) y de suma importancia.
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